El auxilio por defunción ayuda a cubrir los gastos del sepelio. Comprobamos si te corresponde, reunimos la documentación y lo solicitamos por ti, junto con la pensión de viudedad u orfandad si procede.
El auxilio por defunción es una ayuda de la Seguridad Social para cubrir parte de los gastos del sepelio, como el entierro o la incineración. Lo cobra quien los ha pagado, siempre que la persona fallecida estuviera de alta, en situación asimilada o fuera pensionista. Es una cantidad fija y el plazo para pedirlo es amplio.
Solicitamos el auxilio por defunción y las demás prestaciones que te correspondan.
Nos aseguramos de que todo el proceso sea claro y sencillo para ti, acompañándote en cada paso.
Somos especialistas en la Seguridad Social, con más de 10 años de experiencia, ayudamos a cientos de clientes a facilitarles las gestiones con la Seguridad Social.
Cada caso es único. Estudiamos tu situación laboral y económica para ofrecerte las mejores soluciones adaptadas a tus necesidades.
Presentamos tu solicitud en tu nombre y la seguimos hasta que la Seguridad Social resuelve, informándote de cada paso.
Sabemos que los trámites con la Seguridad Social pueden ser tediosos y confusos. Con nuestro equipo, puedes olvidarte de las preocupaciones y centrarte en disfrutar de tu jubilación. Nos ocupamos de todo para que no pierdas tiempo ni energía.
Te invitamos a agendar una llamada con uno de nuestros especialistas y descubrir cómo podemos ayudarte a gestionar tu pensión de jubilación de forma rápida y eficaz.
Preguntas y Respuestas
Resolvemos las dudas habituales, pero si quieres una mejor experiencia personalizada, contacta con nosotros y pide una cita.
La persona que ha pagado los gastos del sepelio. Si nadie lo acredita, pueden pedirlo el cónyuge o la pareja de hecho, los hijos o los familiares que convivían con la persona fallecida.
Es una cantidad fija y pequeña, que no depende de lo que cotizara la persona fallecida. Por eso conviene pedirlo junto con las demás prestaciones que correspondan.
Que la persona fallecida estuviera de alta, en situación asimilada al alta o cobrara una pensión contributiva, como la de jubilación o la de incapacidad permanente.
El certificado de defunción, la factura del sepelio a nombre de quien la pagó, el DNI o NIE y, si hace falta, un documento que acredite el parentesco.
El plazo es amplio, pero no conviene dejarlo: cuanto antes se pida, antes se cobra. Te decimos si todavía estás a tiempo.
Sí. El auxilio por defunción es compatible con la pensión de viudedad y con la de orfandad, y se pueden solicitar a la vez.
Puedes presentar una reclamación previa en el plazo que indica la resolución. Revisamos el motivo y preparamos el escrito.
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