Analizamos tu expediente médico y tu vida laboral, te decimos con franqueza si hay caso y, si lo hay, te acompañamos en todo el proceso hasta el final.
Incapacidad temporal (IT): es la baja médica. Una enfermedad o un accidente, laboral o no, te impide trabajar durante un tiempo y necesitas asistencia médica.
Incapacidad permanente (IP): tras el tratamiento, tu capacidad para trabajar queda reducida de forma previsiblemente definitiva. Según cuánto te limite, el INSS la reconoce como parcial, total, absoluta o gran invalidez, y de ese grado depende tu pensión.
Solicitarla o reclamar una resolución del INSS tiene plazos y exige un expediente médico bien preparado. No tienes por qué hacerlo sin ayuda.
Te acompañamos en cada fase de tu incapacidad, desde la baja médica hasta la reclamación ante el INSS:
Nos aseguramos de que todo el proceso sea claro y sencillo para ti, acompañándote en cada paso.
Somos especialistas en la Seguridad Social, con más de 10 años de experiencia, ayudamos a cientos de clientes a facilitarles las gestiones con la Seguridad Social.
Cada caso es único. Estudiamos tu situación laboral y económica para ofrecerte las mejores soluciones adaptadas a tus necesidades.
Presentamos tu solicitud en tu nombre y la seguimos hasta que la Seguridad Social resuelve, informándote de cada paso.
Sabemos que los trámites con la Seguridad Social pueden ser tediosos y confusos. Con nuestro equipo, puedes olvidarte de las preocupaciones y centrarte en disfrutar de tu jubilación. Nos ocupamos de todo para que no pierdas tiempo ni energía.
Te invitamos a agendar una llamada con uno de nuestros especialistas y descubrir cómo podemos ayudarte a gestionar tu pensión de jubilación de forma rápida y eficaz.
Preguntas y Respuestas
Resolvemos las dudas habituales, pero si quieres una mejor experiencia personalizada, contacta con nosotros y pide una cita.
La temporal es la baja médica mientras te recuperas. La permanente llega cuando tu capacidad para trabajar queda reducida de forma previsiblemente definitiva.
Parcial, total, absoluta y gran invalidez. Van de menor a mayor limitación para trabajar, y de ese grado depende la pensión que te corresponde.
No hay una lista cerrada: el INSS valora cómo te limitan tus dolencias para trabajar, no solo el diagnóstico.
Puede iniciarla el INSS a propuesta médica o puedes pedirla tú. Un expediente médico bien preparado marca la diferencia.
Puedes presentar una reclamación previa dentro del plazo que figura en la resolución y, si no prospera, acudir al juzgado de lo social.
Sí, si en una revisión el INSS considera que has mejorado. También puede subir de grado si empeoras. Conviene preparar bien cada revisión.
Depende del grado. Con la total puedes trabajar en otra profesión; en los demás hay límites que conviene revisar.
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Si tienes dudas sobre tus derechos, prestaciones o cómo gestionar tus trámites ante la Seguridad Social, estamos aquí para ayudarte. Contáctanos , analizaremos tu caso y te orientaremos sobre el mejor camino a seguir.
Otros Servicios
Te asesoramos en la solicitud y cálculo de tu pensión, garantizando el acceso a todos tus derechos.
Te apoyamos en la tramitación y revisión de prestaciones por incapacidad laboral, temporal o permanente.
Nos aseguramos de que recibas lo que te corresponde.
Te ayudamos a reunir toda la documentación y presentarlo ante la Seguridad Social con un proceso claro y eficiente.
Estudiamos tu caso y buscamos los mayores beneficios.
Tramitamos los temas laborales ante la Seguridad Social.
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